Colaboraciones en obras colectivas

En una publicación científica se citan ideas expresadas en las fuentes (doctrina, jurisprudencia, dictámenes, etc.). Esa idea, citada, será identificable por página, incluso trasncribiéndola.

Es por eso que no se puede citar una obra colectiva completa, en forma genérica, sino que sólo se puede citar un trabajo individualizado dentro de esa obra colectiva, identificando (en lo posible) la página específica dentro de ese trabajo donde aparece la idea que se cita.

Capítulos en obras colectivas (en listado de referencias bibliográficas) – versión minimalista

APELLIDO = Nombre (año), «Título del capítulo», Nombre + Apellido (director/coordinador/editor), Título de la obra colectiva, Ciudad: editorial o publisher, otros datos tales como traductor, número de edición, etc., página inicial-página final.

Al igual que los títulos de artículos, los títulos de capítulos en obras colectivas van entre comillas.

Al igual que los nombres de libros y revistas, el título de la obra colectiva va en bastardillas o italics.

Incluir la página inicial y final demuestra el contacto directo con la obra.

RADEHM privilegia el contacto directo del autor con la obra.

Artículos (en lista de referencias bibliográficas) – versión minimalista

APELLIDO + Nombre (año), «Título del artículo», Título de la Revista, Ciudad: editorial o publisher, nombre del traductor si lo hubiere, Número: página inicial – página final.

A diferencia de los títulos de libros, los títulos de los artículos van entrecomillados.

Como la revista se asemeja a un libro, el título de la revista va en bastardillas o italics.

Al final de todo va el número y página inicial y página final.

Incluir la página inicial y final demuestra el contacto directo del autor con la obra.

RADEHM privilegia el contacto directo del autor con la obra.

 

Ahora que estamos en Latindex

RADEHM ha sido indexada en Latindex. Por supuesto, el núcleo de este logro es el double blind peer review que adoptamos -en lo principal- para estudios y comentarios de jurisprudencia.

Van a ver que, a partir del Nro. 14 de RADEHM, las Normas de Publicación aparecen con una nueva redacción. En rigor, se trató de reflejar toda la práctica que veníamos desarrollando en materia de double blind peer review.

Pueden ver las Normas de Publicación hoy vigentes aquí

Ahora, por delante, tenemos desafíos mayores. Siempre apreciamos que nada de ello sería posible sin la colaboración de los Autores y peer-reviewers. A todos ellos, ¡gracias!

El famoso «fichero de Biblioteca CSJN»

Desde hace muchos, muchos años, la Biblioteca Repetto, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina, elabora varios ficheros. Entre ellos, siempre se ha destacado el de materiales bibliográficos (en lo principal: libros y artículos).

Originariamente elaborado en soporte papel (con fichas alojadas en muebles de roble), desde la década del ’90, con la llegada de Internet a Argentina, el fichero de materiales bibliográficos se puede consultar online: http://old.csjn.gov.ar/biblio/jsp/index.jsp?nivel=WU

Inclusive, desde hace un tiempo, el fichero se halla incluido en la World Wide Web o www, con lo cual se pueden googlear fichas, en la medida en que se cuente con datos mínimos. Por ej., escribiendo en el buscador el apellido del autor seguido por el título del artículo o libro entre comillas, es muy probable que podamos ser linkeados a la ficha alojada en la base de datos de la Biblioteca CSJN. Es importante que lo que se entrecomilla sea una versión fiel al original.

Mucho de ello es logro de una gran amiga y colaboradora silenciosa de RADEHM, la Lic. Mariana del Carril, directora de la citada Biblioteca, a la cual RADEHM le debe más de una referencia bibliográfica, de las que no se pueden recuperar accediendo al fichero online (como ser decretos muy antiguos, anteriores a la creación del Boletín Oficial).

¡Argentina puede estar orgullosa del fichero de la Biblioteca de la CSJN! Usémoslo, con todas las facilidades de la World Wide Web.

Referencias bibliográficas: Artículos o capítulos en obras colectivas

Las Normas de Publicación de RADEHM solicitan que, en las Referencias Bibliográficas que se incluyen al final del trabajo, aparezcan la página inicial y la página final de artículos o capítulos en obras colectivas, que se hallan citado.

Ello significa que RADEHM -al igual que otras revistas con peer review- espera el contacto físico del Autor con el artículo o capítulo en obra colectiva que cita o invoca.

En nota al pie sólo se incluirá Autor + Año + página específica citada. Por ej.: PÉREZ (1996) p. 40. Pero en la Referencia Bibliográfica completa, al final del trabajo, se citará: PÉREZ, Juan Carlos (1996), «Minería: estadísticas vs. realidad», en Bosch, José: Obra en homenaje a la minería argentina, Buenos Aires: El Ateneo, segunda edición, pp. 35-55.

Otro ejemplo: en nota al pie: SUAREZ (2015) p. 287.  Y en Referencias Bibliográficas, al final de la colaboración, se leerá: SUÁREZ, Pedro N. (2015), «Riesgos e inversiones», en La Ley, 2015-C: pp. 280-295.

Algunas páginas web, consultables por suscripción, sólo incluyan la página inicial, omitiendo la página final. Aquí se presentan varias opciones: tal vez se pueda tener éxito en consultar el tomo-papel que tal vez esté en la Biblioteca del lugar de trabajo. También se puede llamar o escribir a un colega amigo que facilite la página final. También se puede consultar el fichero de la Biblioteca de la CSJN, http://www.csjn.gov.ar . Finalmente, también se puede dejar la página final en blanco (__*__), y el Equipo de RADEHM se ocupará de completar el dato que el Autor no consiguió online.

La era del «lenguaje claro» o «plain language»

En RADEHM, tenemos especial interés en que las colaboraciones publicadas sean comprensibles para el especialista, y también para el no especialista que tal vez, tímidamente, desea acercarse a la Energía, los Hidrocarburos o la Minería.

Los peer-reviewers suelen ver que todas las oraciones sean claras y comprensibles. Lo mismo hace el resto del Equipo de la Revista.

Oraciones largas, de más de tres renglones, pueden ser convertidas en unidades menores, más simples, para asegurar que sean comprendidas.

Privilegiar la claridad significa tener éxito en la comunicación, y todo estudio doctrinario, comentario jurisprudencial, recensión bibliográfica o ensayo es, en última instancia, un acto de comunicación, del Autor, al Lector. En suma: todos recuerdan lo que escribieron o comprendieron claramente.

¡Enhorabuena el movimiento de «plain language» o «lenguaje llano»!

Citas de Debates Parlamentarios

Consultan acerca de cómo se cita, en RADEHM, la opinión vertida, por un Diputado o Senador, en el recinto o en comisión, durante el Debate Parlamentario de una ley actualmente sancionada. Luego de consultar con los Correctores, se sugiere:

a) En el listado final de «Bibliografía Consultada», se incluiría esta entrada (nombres ficticios):

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS (2014): Intervención del diputado Juan Pérez en el Debate Parlamentario, versión taquigráfica del 1/5/2014, ps. XXXX-XXXX, en: ___link_____ (último acceso: 23/7/2015).

El link sería el link de la versión taquigráfica correspondiente, publicada en la web. Si no tuviera link, no se lo incluirá.

b) En «nota al pie», se citará:

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS (2014) p. XXXX  [que sería la página específica de la taquigráfica].

c) Si citamos a varios diputados, en el mismo año, se especificará, en nota al pie y en «Bibliografía consultada»:  HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS (2014a) etc.; HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS (2014b); etc.

d) Si citamos a un senador, SENADO DE LA NACIÓN (2015a), etc.

En Argentina, los nombres oficiales de cada una de las Cámaras son: Honorable Cámara de Diputados; Senado de la Nación.

Paper centrado en normas vigentes

Puede ocurrir que, apenas entregamos el paper para RADEHM, cambien las leyes, decretos, resoluciones que hemos citado. También puede suceder -entre otros supuestos- que una ley sea reglamentada.

Mantengamos la calma, y, en lo posible, evitemos el problema.

a) Con toda calma, escribamos al Equipo de RADEHM para ver las posibilidades de enmendar el manuscrito ya entregado. Esto no es imposible, con buena actitud de todos, y puede permitir incorporar cambios sin que nos tengamos que sonrojar por haber opinado sobre algo derogado o reasignado o reglamentado.

b) Ahora, para evitar el problema de fondo, es decir, para evitar depender de que nos cambien o complementen las normas que estamos mencionando, desbrozando y aplicando en nuestro paper, se puede hacer lo siguiente:

  1. no centrar el desarrollo de nuestro paper sólo en lo que las normas dicen;
  2. sí centrar el paper en ideas, principios, reglas jurisprudenciales, criterios locales y extranjeros, historia del instituto, críticas ya formuladas, propuestas de cambios ajenas o propias, sugerencias de reglamentación ajenas o propias; críticas al estado actual, sugiriendo cambios; etc;
  3. invocar o citar las normas con precisión y de modo ilustrativo y suscinto (sin mucha necesidad de transcripción pues el lector especializado las conoce).
  4. Así, el paper pasa, de ser Norma-Dependiente, a ser Idea-Dependiente. Esto, si bien no elimina el problema de la derogación o el cambio legislativo, reduce sustancialmente el trabajo de «actualizar» el paper cuando cambia el Derecho objetivo. ¡Ojalá estas reflexiones resulten de útiles!

PAPERS: ¿Describir? Mejor argumentar…

Hay dos clases principales de artículos: los artículos descriptivos y los artículos argumentativos.

El artículo descriptivo hace exactamente eso: «describir». Con fuerte apego a la lógica, y cierta inspiración, una descripción puede ser muy apreciada por los lectores, especialmente si sistematiza algo que no se hallaba sistematizado antes. La descripción no agregará saber, sino que lo «ordenará».

En cambio el artículo argumentativo se diferencia del artículo descriptivo pues no describe sino que «argumenta», i.e., brinda «razones» o «evidencias» en sustento de las conclusiones.

No se trata de imponer o de exponer puntos de vista subjetivos y personales o caprichosos. El paper argumentativo es la materialización de los esfuerzos que se hagan por sostener cierta idea mediante razones y evidencias. De allí su importancia para el avance científico.

De jóvenes, solemos empezar una discusión con las conclusiones. Si tenemos espíritu argumentativo y cierta madurez, y sobre todo si somos abogados, vamos a estar muy preparados para ponernos a pensar antes de pronunciar la o las conclusiones.

Pensar será enumerar las razones, dejar de lado las razones débiles, recolectar evidencias, escribir las razones más fuertes, acomodar las conclusiones a las evidencias realmente obtenidas, considerar objeciones y neutralizarlas, etc. De este modo, las conclusiones serán mucho más sólidas.

Vale la pena el esfuerzo. Y se habrá dado inicio al diálogo científico.

Happy writing.

Empezando el artículo

El planteo del artículo suele ser la punta del iceberg de algo que se llama «estado de cosas» (state of the art) en la materia.
El state of the art es clave para un claro planteo, para el desarrollo y para las conclusiones.
Tener en mente, antes de empezar a escribir, el state of the art en la materia sobre la que quiero escribir, es útil porque se ordena la escritura.
Y es muy bueno transmitírselo al lector, porque ayudará a la comprensión del trabajo todo y proveerá una plataforma de honestidad científica que el lector agradecerá.
Ejemplo: si quiero escribir sobre «naturaleza de la concesión hidrocarburífera», debo saber, y le explicaré al lector, que hay diversas opiniones sobre el tema: unos dicen que es un contrato más (citarlos), otros dicen que es un contrato administrativo (citarlos).
El estado del arte, por ende, es explicitar que hay varias opiniones divergentes sobre la cuestión.
A partir de allí, podré plantearme el esquema del artículo (por ej., sostener que no son contratos administrativos, sino contratos regidos por tal o cual ordenamiento) y hacer el desarrollo y arribar a las conclusiones.
Happy writing!

Citando algo que hallamos en la web.

Al encontrar en la web algo que nos interesa citar, lo primero que hay conviene hacer es pintar y pegar el hipervínculo o link en el Listado Final de Bibliografía.

Pero eso no alcanza para nada pues hay que incluir los «datos de publicación» en el Listado Final de Bibliografía Citada.

Entonces, lo que hay que hacer es:

a) Mirando la webpage, buscar el apellido y nombre del autor, el año, el título del trabajo, el nombre de la revista, los datos específicos de volumen y página inicial y final. Con esos datos se puede hacer la entrada en el Listado Final de Bibliografía, que estará seguida de: Disponible en: + hipervínculo o link (último acceso: fecha de hoy).

A partir de allí, podemos citarlo todas las veces que querramos, en nuestro trabajo, indicando, en nota al pie, sólo APELLIDO (año) página.

b) Pero a veces no se ve o no hay autor, o no hay fecha o año, o no hay siquiera título. Entonces el Autor será la Institución responsable de la webpage (por ej., CAMMESA), el año será el que se vea, o el año de copyright al pie de página, o tal vez se carezca de año; se indicará como se pueda el título de lo publicado («Estadísticas de tal año»), y se especificara el link más preciso donde se halla disponible la info, más la fecha de último acceso (fecha de hoy).

A partir de allí, podemos citar, en nota al pie de página, esas estadísticas donde querramos, a lo largo del trabajo, indicando, por ej., CAMMESA (2016) datos de provincia de Córdoba día 1/1/2015.

Acerca de citar trabajos en prensa.

Como regla, se cita todo lo asequible, sea publicado en papel como publicado en la web.

Un trabajo en prensa (propio o de un tercero) no puede ser citado, salvo que haya seguridad de que saldrá publicado antes de que RADEHM vaya a taller de impresión.

De esa forma, nos aseguramos de que se provean y se incorporen los datos esenciales (volumen o tomo, página inicial y final, etc.). Caso contrario, la cita no podrá ser incorporada.

El peer-review, el c.v. y la vida social

La labor de peer-review es «doble ciego»: anónima para el Autor (el Autor no sabe quién revisa su trabajo) y anónima para el Revisor (el Peer-reviewer no sabe quién es el Autor del trabajo que revisa).

La labor de peer-review exige un serio compromiso de confidencialidad sobre las revisiones efectuadas.

A los Peer-reviewers les está vedado incluir, en su c.v., el título del trabajo revisado. Ello pues, apenas saliera publicado el trabajo, sería muy sencillo, para el Autor, llegar a saber quién lo revisó (los c.v. se suelen publicar en la web), destruyéndose así el «doble ciego». Es por ello que, en el c.v., únicamente se puede incluir la condición de peer-reviewer / revisor de RADEHM + año/s.

De igual modo, a los Peer-reviewers les está vedado comentar públicamente la identidad del Autor del trabajo que revisaran y que ya se hallare publicado.

El peer review es un serio compromiso de todos: Autores, Revisores y Equipo de la Revista.

Muchas gracias.

Para el C.V.

Cuando se presenta un trabajo a RADEHM, como el artículo o comentario es sometido a revisiones y eventual aceptación, se pueden generar estas opciones para dejar constancia en el c.v.:

1. «Hidrocarburos, hoy», presentado a RADEHM el DD/MM/AAAA. ( = se entregó el manuscrito al equipo de RADEHM)

2. «Hidrocarburos, hoy», actualmente sometido a revisiones en RADEHM. ( = están interviniendo los peer reviewers)

3. «Hidrocarburos, hoy», aceptado para publicación en RADEHM el DD/MM/AAAA. ( = hemos consultado, y el Equipo de RADEHM confirmó la aceptación del trabajo, incluso ofreció extender certificado de aceptación, pero todavía no está visible el PDF de la revista en la webpage)

4. «Hidrocarburos, hoy», RADEHM Nro. 7: pp. 220-240. ( = ya se ve el PDF en la webpage o se recibió el ejemplar-papel).

Comentarios del Peer-reviewer / revisor:

El peer-reviewer / revisor tiene que completar una planilla o formulario de DATOS, y una segunda planilla o formulario de INFORME.

Todos los comentarios de peer-reviewer / revisor tienen que ir en la planilla o formulario de informe. Ello pues, como el peer-review es anónimo (para autor y para revisor), no se podría enviar al Autor un pdf (o un Word) con globos con comentarios del revisor pues dichos globos siempre llevan el nombre o iniciales del usuario del programa.

Es por ello que se pide, por favor, a todos los peer-reviewers, que incluyan todos sus comentarios únicamente en la tabla «a doble columna» del formulario de INFORME. De ese modo, nos aseguramos de que dichos comentarios arriben, al Autor, en forma anónima. Muchas gracias.

La nota al pie inicial

¿Por qué pide RADEHM que el Autor incluya una primera nota al pie, especificando su título más elevado, universidad, año, antecedentes de docencia si los hubiera, lugar de trabajo e e-mail? El título más elevado es relevante pues se debe, según Normas de Publicación, asignar el trabajo a un peer-reviewer con igual título que el título más elevado que posee el Autor. La restante información de la nota al pie inicial apunta a que los lectores se familiaricen con el Autor y, llegado el caso, inicien una diálogo científico en torno al tema desarrollado.

Mac: Agregar o cambiar fuentes, citas y bibliografías

Aquí se ve lo mismo, para las Mac que cuentan con «Office para Mac»:

https://support.office.com/en-us/article/Add-or-change-sources-citations-and-bibliographies-159264ec-0a8a-4e9e-acf7-21faa9c371c2?ui=en-US&rs=en-US&ad=US

Al final de todo, tanto las citas efectuadas como las listas de bibliografía se pueden editar para adaptarlas, del APA genérico, a exactamente lo requerido en RADEHM.

También hay software pago que hace todo esto, pero no evita tener que cargar los datos para que se genere la lista.

Hay Autores de RADEHM que ya comenzaron a utilizar este sistema en sus Mac.

En PC: Insertar citas en Word y generar lista de bibliografía citada

Las Normas de Publicación de RADEHM siguen, en general, el estilo APA.

Aquí se explica cómo insertar citas y cómo generar listas finales de bibliografía citada:

https://support.office.com/en-us/article/Create-a-bibliography-81b1ba4a-6d0b-4475-88ca-f150ed6f49a0

El APA de Word no es idéntico al de las Normas de Publicación de RADEHM. Por ejemplo: APA utiliza Ciudad: Editorial, y RADEHM utiliza Ciudad, Editorial.

Tanto las citas como la lista de bibliografía se pueden editar (botón derecho).

Otra alternativa es comprar un software que haga todo esto, pero no evita tener que «cargar» los datos de lo que se cita y que aparecerá en la lista final.

Peer-reviewing (y otras revisiones) – Una síntesis

Todos los estudios y comentarios jurisprudenciales de RADEHM son revisados en tres instancias: por (i) dos revisores o peer-reviewers bajo el sistema «doble ciego» (anónimo para el Autor, anónimo para el revisor), y posteriormente son pasibles de (ii) opinión o dictamen del Consejo Académico, y (iii) de la Dirección Editorial.

Todas estas revisiones apuntan a mejorar el estudio o comentario jurisprudencial considerando al futuro público lector, y se redactan velando por el interés del éste, que es quien se beneficiará con el resultado de las revisiones.

A partir de diversas webpages sobre el tema, y nuestra propia experiencia, puede concluirse en que:

– El peer-reviewer opina, fundadamente, sobre el trabajo del Autor y no sobre lo que al peer-reviewer le hubiera gustado que el Autor dijera.

– Las revisiones nunca puntualizarán omisiones o errores en el manejo de las Pautas o Normas de Publicación por parte del Autor; tales aspectos formales serán revisados por el Equipo editorial y no por el revisor.

– Las revisiones no brindarán la propia opinión del revisor sobre el tema tratado, ni transmitirán su elevado dominio del mismo.

– Las revisiones pueden identificar antecedentes específicos que el Autor pueda haber omitido consultar y que, además, si hubieran sido consideradas por el Autor, modificarían el tratamiento del tema por parte del Autor o las conclusiones.

– Las revisiones serán sugerencias claras, sucintas, precisas y fundadas científicamente, para lo cual identificarán lo omitido por el Autor o lo que amerita enmienda, sugiriendo el contenido omitido o errado.

– El «peer-reviewer», bajo el sistema «doble ciego», guardará la confidencialidad esperada: hablará del manuscrito revisado sólo con el Equipo editorial de la revista aunque el trabajo ya esté publicado; se abstendrá de utilizar información contenida en el manuscrito revisado antes de su eventual publicación.

– El «peer reviewer» no frustrará, en modo alguno, la confianza depositada en él por el Equipo de la revista.

-Además, el peer reviere, una vez designado, tendrá que excusarse inmediatamente si surgiere un conflicto de interés.

Para más información, puede verse, por ej.: http://publicationethics.org/files/u7140/Peer%20review%20guidelines.pdf

Otros do’s & dont’s, en: http://www.uvm.edu/~aellis5/Lovejoy.2011.reviewing.pdf , esp. p. 9.

Agradecemos la atención brindada.

¿Autoría o co-autoría?

Es habitual encarar la redacción del paper en forma individual. Pero vale la pena dedicar unos minutos a considerar la co-autoría.

Dentro de la temática de RADEHM (es decir, energía, hidrocarburos y minería), puede obtenerse un resultado muy valioso trabajando en pares, y tal vez  trabajando entre tres co-autores.

Uno puede individualizar el tema y proveer el insight actual y técnico, al tiempo que el coautor desarrolla los aspectos más teóricos. Uno puede indagar en la doctrina, y el otro, en la jurisprudencia. Dentro de un tema, pueden identificarse las cuestiones a tratar, y repartirse éstas entre dos o tres co-autores. Las posibilidades son infinitas. Y los resultados pueden ser óptimos, con reducción del esfuerzo.

Para el próximo paper, es bueno considerar la alternativa de la co-autoría.

Comentarios Jurisprudenciales en RADEHM – estructura

Los documentos de Word, que contengan un «Comentario Jurisprudencial» para RADEHM, tienen la siguiente estructura:

1. Enumeración de todos los datos de ubicación de la sentencia (Tribunal, fecha, nombre completo de los autos).
2. Hechos del caso (los hechos que originaron el planteo judicial) en 3 a 5 renglones.
3. Holding (regla de derecho emergente de la sentencia) en 3 renglones, aprox.
4. Sumarios (afirmaciones que surgen de la sentencia).
5. Nombre del Autor de Hechos-Holding-Sumarios.
6. Texto de dictamen + sentencia ó, en su caso, texto de la sentencia.
7. Título (más o menos atractivo) del comentario jurisprudencia en español y en inglés.
8. Nombre del autor + nota al pie número 1, indicando título académico más elevado, universidad, año; experiencia docente si la hay; posición laboral; email).
9. Abstract en español y en inglés (200 caracteres incluyendo espacios).
10. Tres, cuatro o cinco palabras clave, en español y en inglés.
11. Desarrollo del Comentario Jurisprudencial (siguiendo las Normas o Pautas de Publicación, http://www.radehm.com.ar, botón AUTORES).
12. Listas finales de bibliografía citada (artículos con página inicial y final), jurisprudencia citada, normas citadas, páginas web citadas con indicación de «último acceso (fecha)».

Se recomienda que los items 2-3-4 sean redactados por el Autor del Comentario Jurisprudencial pues es el que más conoce la sentencia. Otra opción es que, con cierta antelación, se solicite, a radehm.autores@gmail.com , la colaboración de un Tercero Autor que provea los hechos-holding-sumarios, en cuyo caso se incluye su nombre como autor de los mismos.

Cualquier duda, como siempre, quedamos a disposición en radehm.autores@gmail.com

¡Feliz escritura!